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Motos Todos los temas relacionados con las motos. |
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Este thread fue creado hace 2275 días. Lo mas probable es que el tema ya se haya resuelto y no necesite más discusión. Aunque si todavía crees que es necesario agregar un comentario, puedes hacerlo.
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14-Mar-2018, 10:48 | #1 |
Trainee Lawyer
Fecha de Ingreso: 14-May-2007
Ubicación: The Hills
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Licencia para motos, interpretación del Reglamento de Transito
En alguno de los Temas de esta Subseccion (Motos), vi que alguien decía que con la licencia "B", se podía manejar moto (entendiendo que no necesitaba una licencia distinta).
Resulta que habiendo leído el Reglamento de Transito, no es tan loco el comentario. veamos todos juntos: ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 273-98 Reglamento de Tránsito ARTICULO 7. DEFINICIONES. Para la correcta interpretación de este Reglamento y los efectos del mismo, cuando se utilicen las expresiones siguientes, se entenderán así: (...) 12) Automóvil: vehículo automotor, de dos ejes, especialmente equipado y construido para el transporte de personas y con capacidad máxima para nueve ocupantes. Su peso bruto máximo es de 3.5 toneladas métricas. (...) 54) Licencia de conducir: Documento expedido por el Departamento que faculta a su titular a conducir el tipo de vehículos que se consignen en la misma (...) ARTICULO 23. TIPOS DE LICENCIA. Se establecen los distintos tipos de licencia: Tipo A: Para conducir toda clase de vehículos de trasporte de carga de más de 3.5 toneladas métricas de peso bruto máximo, trasporte escolar y colectivo (urbano y extraurbano). Tipo B: Para conducir toda clase de automóviles o vehículos automotores de hasta 3.5 toneladas métricas de peso bruto máximo, pudiendo recibir remuneración por conducir. Tipo C: Para conducir toda clase de automóviles, páneles, microbuses, pick-ups con o sin remolque y un peso bruto máximo de hasta 3.5 toneladas métricas sin recibir remuneración. Tipo M: Para conducir toda clase de motobicicletas y motocicletas. ¿Que piensan ustedes? ¿Es la moto un automóvil?, para mi si, cumple con los requisitos de la definición, esta diseñado para transportar personas, tiene 2 ejes y definitivamente no supera las 3.5 toneladas. La licencia faculta a conducir los vehículos consignados en esta, mi licencia tipo "C", dice literalmente en la parte de atrás "Para conducir toda clase de vehículos de hasta 3.5 T. sin recibir remuneración". Yo no digo tener la razón, obviamente habría que hacer una interpretación extensiva de la norma, de acuerdo a lo establecido en la Ley del Organismo Judicial. Pero fijo, fijo, ya confundieron a los agentes de PMT, haciéndole estas preguntas. |
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14-Mar-2018, 11:03 | #2 |
Banned
Fecha de Ingreso: 14-January-2018
Mensajes: 125
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Respuesta: Licencia para motos, interpretación del Reglamento de Transito
Vos de cual te metiste Artículo 11 de la Ley del Organismo Judicial. Idioma de la ley. El idioma oficial es el español, Las palabras de la ley se entenderán acuerdo al Diccionario Academia Española. en la acepción correspondiente. salvo que el legislador las haya definido expresamente. Si una palabra usada en la ley no aparece definida en el Diccionario de la Real Academia Española. se le dará su acepción usual en el país. lugar o región de que se trate. Artículo 7 del reglamento de tránsito. Definiciones: Automóvil: vehículo automotor, de dos ejes, especialmente equipado y construido para el transporte de personas y con capacidad máxima para nueve ocupantes. Su peso bruto máximo es de 3.5 toneladas métricas. Motocicleta: Vehículo automotor de dos o tres ruedas operada por manubrio. POr principio de especialidad la definición de motocicleta excluye a dicho vehiculo de la esfera de la definición de automovil. Si no estuviera definida motocicleta tal vez podría entrar dentro de automovil, pero la definieron. Última edición por ArmandoAL; 14-Mar-2018 a las 11:06 |
14-Mar-2018, 11:09 | #3 |
Prime Member
Fecha de Ingreso: 25-September-2011
Ubicación: Asgard
Tiempo: :huh:
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Respuesta: Licencia para motos, interpretación del Reglamento de Transito
Enviado desde mi MI 5 mediante Tapatalk
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14-Mar-2018, 11:12 | #4 |
Junior Member
Fecha de Ingreso: 01-February-2012
Mensajes: 29
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Respuesta: Licencia para motos, interpretación del Reglamento de Transito
En las definiciones del reclamento de transito dice:
Automóvil: vehículo automotor, de dos ejes, especialmente equipado y construido para el transporte de personas y con capacidad máxima para nueve ocupantes. Su peso bruto máximo es de 3.5 toneladas métricas. Motocicleta: Vehículo automotor de dos o tres ruedas operada por manubrio. Al ser operada por manubrio es motocicleta. |
14-Mar-2018, 11:12 | #5 | |
Trainee Lawyer
Fecha de Ingreso: 14-May-2007
Ubicación: The Hills
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Respuesta: Licencia para motos, interpretación del Reglamento de Transito
Cita:
Yo por eso digo, que no es que yo diga tener la razón, solo que confunde |
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14-Mar-2018, 12:05 | #6 |
Senior Member
Fecha de Ingreso: 06-January-2008
Mensajes: 4.014
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Respuesta: Licencia para motos, interpretación del Reglamento de Transito
No se quieran pasar de listos hombre...
Para eso estan los tipos de licencias,si tienen carro usen la c-b-a y si tienen motocicleta - m-. Conducir un carro un camion y una motocicleta no es lo mismo así que para eso existen los tipos de licencias es tan sencillo como eso Enviado desde Tapatalk Última edición por Dj king; 14-Mar-2018 a las 12:07 |
14-Mar-2018, 15:18 | #7 |
طالوت,
Fecha de Ingreso: 08-June-2008
Ubicación: Guatemala
xB / DRZ 400 / Xpulse 200
Mensajes: 4.190
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Respuesta: Licencia para motos, interpretación del Reglamento de Transito
En lo que te pones a dialogar de licencias con el PMT te saca este articulo
Artículo 183.- Multas de cuatrocientos quetzales. Se aplicará multa de cuatrocientos quetzales, en los casos que siguen: 1. Por conducir sin tener licencia. 2 Y van Q 400 por querer pasastela de listo
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15-Mar-2018, 07:32 | #8 |
Fuck
Fecha de Ingreso: 05-June-2006
Mensajes: 5.192
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Respuesta: Licencia para motos, interpretación del Reglamento de Transito
tome su multa te va decir el de emetra y otra por andar fumando de la buena ajsdlkgjagsfdj
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15-Mar-2018, 10:45 | #9 | |
Straight Edge Culture
Fecha de Ingreso: 16-October-2011
Tiempo: +/- 0.0006
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Respuesta: Licencia para motos, interpretación del Reglamento de Transito
Cita:
Si se van a meter a leer leyes, sin saber de leyes, lo primero que tienen que leer son las definiciones. Está claro que no es lo mismo "ejes" qué "ruedas".
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15-Mar-2018, 11:00 | #10 |
Senior Member
Fecha de Ingreso: 24-November-2009
Ubicación: Guatemala, C.A.
Triump, Honda, Gas Gas, Y
Tiempo: N/A
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Respuesta: Licencia para motos, interpretación del Reglamento de Transito
Es simple, ponete a discutir con un policia y saldras perdiendo.
Mejor saca tu licencia tipo M y te evitas problemas |
18-Mar-2018, 21:26 | #11 |
Asesor Financiero
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Respuesta: Licencia para motos, interpretación del Reglamento de Transito
si que sos bruto va aslñdfjalñsflkjas tampoco hay que pasarse
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Asesor Tributario y Auditor |
19-Mar-2018, 22:12 | #12 |
Trainee Lawyer
Fecha de Ingreso: 14-May-2007
Ubicación: The Hills
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Respuesta: Licencia para motos, interpretación del Reglamento de Transito
Bruto usted mi estimado que no comprende lo que he escrito.
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19-Mar-2018, 22:46 | #13 |
Asesor Financiero
Fecha de Ingreso: 19-January-2007
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Respuesta: Licencia para motos, interpretación del Reglamento de Transito
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20-Mar-2018, 07:53 | #14 | ||||
Senior Member
Fecha de Ingreso: 26-September-2011
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Respuesta: Licencia para motos, interpretación del Reglamento de Transito
Voy a meter mi cuchara en esta mermelada para comentarles que no es tan descabellado lo que dice el compañero j_perusina. La misma Ley y Reglamento nos da la facultad para manejar moto con licencia tipo B y A, no es interpretación personal. Yo lo he consultado con abogados e incluso en un operativo Harley se les hizo ver a los PNC y EMETRAS lo que dice la Ley y su Reglamento y no pusieron peros...
https://transito.gob.gt/wp-content/u...o-Transito.pdf Cita:
Cita:
Cita:
Cita:
Así que no es de cómo se te de la gana interpretar la Ley y su Reglamento. Allí lo dice, no es invento. NO PUEDEN PONERTE MULTA por andar en moto con licencia tipo B Última edición por jpmaster; 20-Mar-2018 a las 07:58 |
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27-Mar-2018, 21:45 | #15 |
Asesor Financiero
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Respuesta: Licencia para motos, interpretación del Reglamento de Transito
nuevamente para eso la ley tipifica la MOTOCICLETA, de lo contrario si seria valido lo que aqui indican y lo que la ley indica, pero claramente dice lo que es motocicletaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaa
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31-Mar-2018, 08:31 | #16 |
Senior Member
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Respuesta: Licencia para motos, interpretación del Reglamento de Transito
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