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Antiguo 25-Aug-2019, 18:34   #26
chronos
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Respuesta: Pagar IGSS sin trabajar?



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Iniciado por La Hora
¿Cómo ser contribuyente voluntario del IGSS? Aquí le decimos cuáles son los pasos a seguir

Por Margarita Girón
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El programa de Invalidez Vejez y Sobrevivencia (IVS) del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, (IGSS) ofrece a sus derechohabientes la opción de ser contribuyente voluntario y con ello continuar sumando cuotas para el programa aunque no se encuentre laborando.

Claudia Sentes, jefa del Departamento de IVS explicó que el beneficio de ser contribuyente voluntario consiste en que si el afiliado deja de trabajar con un patrono inscrito en el Seguro Social puede continuar aportando mensualmente a dicho programa.

“Esta clasificación de contribuyente voluntario es cuando la persona viene con nosotros y califica al programa para seguir contando con cobertura para las pensiones de Invalidez, Vejez y Sobrevivencia que cubre el programa”, indicó Sentes.

Asimismo, detalló que dentro de los requisitos para optar a este beneficio, el afiliado debe acreditar al menos 12 meses de contribución en los últimos 36 meses, es decir tres años. Sentes añadió que es importante destacar que esta solicitud debe presentarse antes de cumplirse 3 meses de la última aportación obligatoria.

La jefa del departamento de IVS detalló que actualmente el tiempo de resolución para optar a ser contribuyente voluntario es de 2 meses.

Sobre el monto que los contribuyentes voluntarios deben aportar al IGSS, Sentes detalla que la contribución voluntaria se calcula con base en el último salario devengado y sobre ese monto tiene se debe pagar el 5.5%, que incluye la cuota patronal y laboral.

“Esta cuota es únicamente para seguir sumando al programa de IVS, es importante destacar que el afiliado no cuenta con cobertura médica pues la contribución voluntaria es únicamente para sumar al IVS”, puntualizó Sentes.

Sentes aclaró que la única restricción que existe para la contribución voluntaria es que si la persona deja de aportar durante tres meses consecutivos, pierde automáticamente el derecho de ser contribuyente voluntario y para volver al programa debe reunir nuevamente los requisitos establecidos.

De acuerdo con Sentes, para hacer efectivos los pagos, los afiliados, deben acercarse al Centro de Atención al Afiliado (Catafi) en oficinas centrales del IGSS o bien en Cajas y Delegaciones en donde le extienden un recibo que debe presentar en un banco del sistema autorizado por el Instituto para realizar el pago.

SOBRE EL PROGRAMA DE IVS

Actualmente, el IGSS otorga protección económica a sus derechohabientes, relativa a invalidez, vejez, fallecimiento, orfandad o viudez. A través de esta pensión el Seguro Social compensa el daño económico resultante de la cesación temporal o definitiva de la actividad laboral del afiliado.

Durante su vida laboral, cada contribuyente afiliado al Instituto aporta un 4.83 por ciento al seguro social, mientras que el patrono debe aportar el equivalente al 10.67 por ciento del salario de cada trabajador. De estos porcentajes el asegurado aporta un 2 por ciento para gastos de enfermedad y maternidad, un 1 por ciento a accidentes y 1.83 por ciento para programas de invalidez, vejez y sobrevivencia.

REQUISITOS PARA OPTAR AL PROGRAMA IVS

Para obtener los beneficios del programa IVS, en el caso de pensión por invalidez, necesita que su invalidez sea declarada de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente, así como tener acreditados 36 meses de contribución en los 6 años inmediatamente anteriores al primer día de invalidez.

En el caso de los trabajadores que pueden optar a una pensión del programa, por vejez, necesita tener acreditados como mínimo 240 meses de contribución y haber cumplido la edad mínima de 60 años.

Para el riesgo por sobrevivencia, es necesario que a la fecha del fallecimiento del asegurado tenga acreditados 36 meses de contribución en los 6 años inmediatamente anteriores. Cabe destacar que se otorgará pensión por fallecimiento del afiliado a los beneficiarios elegibles.

MÁS DETALLES

Si desea más información sobre este y otros beneficios puede visitar la página web www.igssgt.org, o bien puede acercarse al Centro de Atención al Afiliado, delegación o caja departamental más cercana o al teléfono (502) 2412-1224.
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Iniciado por Prensa Libre
Beneficio poco aprovechado

La posibilidad de ser un contribuyente voluntario al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) para el programa de Invalidez, Vejez y Sobrevivencia (IVS) es una opción poco conocida. Al 31 de julio pasado, según datos de ese instituto, hay registrados 7 mil 342 afiliados.

Por Rosa María Bolaños

Ciudad de Guatemala – A esa modalidad pueden optar los trabajadores que hayan laborado contratados en relación de dependencia —con lo cual tanto el trabajador como el patrono tenían obligación de aportar sus cuotas al IGSS— y que luego dejen de trabajar o pasen a otra forma de contratación.

Para optar a esto se debe cumplir con varios requisitos, entre estos haber aportado 12 meses de contribución dentro de la planilla laboral, además de que solo tienen tres meses calendario para inscribirse como contribuyentes voluntarios luego de haber dejado de laborar en una empresa.

Estas medidas están establecidas en el Acuerdo de Junta Directiva 1,124, explicó Byron Hernández, subgerente de Prestaciones Pecuniarias del IGSS).

Con esta opción el trabajador puede completar sus cuotas para llegar al número requerido para pensionarse en el programa IVS y tener los servicios del Camip. Sin embargo, no tiene derecho a los servicios o cobertura médica del programa de Enfermedad, Maternidad y Accidentes (EMA).

Porcentajes y cuotas

Cuando se es trabajador en relación de dependencia, tanto el empleado como el empleador deben aportar sus cuotas mensuales al IVS y al EMA.

Al convertirse en contribuyente voluntario ya no debe seguir aportando para el EMA, pero en el caso del IVS ya no solo deberá aportar el 1.83%, como lo hace un trabajador por planilla, sino que deberá asumir también la cuota del patrono (3.67%), por lo que su aporte será de 5.50%, explicó Hernández.

Otro punto importante, refirió, es que si cae en mora durante tres meses consecutivos pierde el derecho a continuar en esa modalidad. Estas condiciones están establecidas en los artículos del 35 al 40 del acuerdo 1,124.

Desde junio del 2014, un trabajador deberá cumplir con un mínimo de 240 cuotas —el equivalente a 20 años de trabajo— al IGSS para poder jubilarse y tener derecho a su pensión.

La edad se mantiene en 60 años, aunque en este caso si el afiliado no ha llegado al número de cuotas requeridas, deberá seguir trabajando los meses o años necesarios para cumplir con el requisito antes mencionado.

María Isabel Bonilla, analista del Centro de Investigaciones Económicas Nacionales (Cien), refirió que esta modalidad puede ser poco usada o conocida debido a varias razones, una de estas es que en Guatemala no hay cultura de pensar en la previsión para la vejez, además de que algunos no ven que pagar al IGSS sea una buena inversión porque no se cree en la institución o hay muchas quejas del servicio. Además, tampoco se sabe qué monto de pensión le corresponderá. Ahora, indicó Bonilla, hay herramientas financieras en los bancos del sistema nacional que ofrecen fondos de retiro.

Entre los requisitos que debe cumplir el interesado está haber acreditado 12 meses de contribución al IGSS en los últimos 36 meses calendario —es decir 3 años—, además de presentar su documento personal de identificación, certificado de nacimiento extendido por el Renap, copia del carné de afiliación al IGSS, además debe tener las constancias laborales —sin salario— de los patronos con los que cotizó al Instituto durante su vida laboral.

(...)
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Toda revolución pretende romper las cadenas de la esclavitud pero una vez rotas, ya están preparadas otras cadenas… Desde los tiempos de las cavernas nada ha cambiado y nada cambiará, porque siempre se impondrá el más artero, el más astuto y a menudo, el más corrupto. Y según la condición del pueblo, llevará el vestido de la dictadura o la democracia. Pero el hombre será siempre esclavo, aunque tenga la ilusión de ser libre… Un día resurgirá el hombre libre pero el pueblo lo será siempre.
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Antiguo 06-Nov-2019, 22:54   #27
chronos
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Respuesta: Pagar IGSS sin trabajar?



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Iniciado por Prensa Libre
Desempleados con 55 años podrán tener derecho al programa de pensión por vejez en el IGSS

Afiliados del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) que cumplan con varios requisitos podrán convertirse en contribuyente voluntario y ser beneficiario del Programa de Invalidez y Sobrevivencia.

Por Mynor Toc

El Seguro Social publicó en el Diario de Centroamérica este 6 de noviembre el acuerdo 1429 que establece los beneficios para los afiliados que actualmente están desempleados y poder ser declarados contribuyente voluntario y optar Programa de Invalidez y Sobrevivencia.

La unidad de comunicación social del Seguro Social informó que el Acuerdo entra en vigencia este sábado 9.

Los interesados en este beneficio deberán tener como mínimo 55 años, haber aportado hasta el 31 de diciembre del 2010, 180 cuotas al programa de vejez como empleado de una empresa o institución de Estado.

De acuerdo con la publicación, las solicitudes para optar a este beneficio deberán ser presentadas dentro un año a partir de la vigencia del Acuerdo.

Los afiliados para gozar de los beneficios del programa, pagarán al IGSS las cuotas pendientes para cumplir con las 240 contribuciones que exige el Reglamento Sobre Protección Relativa a Invalidez, Vejez y Sobrevivencia.

El monto de la cuota a pagar se calculará con base al salario del último mes de contribución como empleado o el salario mínimo vigente, el Seguro Social permitirá que la persona elija qué monto le convive.

(...)
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Antiguo 07-Nov-2019, 10:43   #28
velmaxianogt
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Respuesta: Pagar IGSS sin trabajar?

solo es de hablar a la empresa donde trabajo por ultimavez o buscar una empresa que haga el favor y solo darle el porcentaje del 4.83% del pago del igss
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Antiguo 07-Nov-2019, 10:56   #29
αłαсяαи
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Respuesta: Pagar IGSS sin trabajar?

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Iniciado por velmaxianogt Ver Mensaje
solo es de hablar a la empresa donde trabajo por ultimavez o buscar una empresa que haga el favor y solo darle el porcentaje del 4.83% del pago del igss
Y el 10.67 que le descuentan al patrono?

Asdfghjklñ
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Antiguo 07-Nov-2019, 12:22   #30
cardres
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Respuesta: Pagar IGSS sin trabajar?

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Iniciado por velmaxianogt Ver Mensaje
solo es de hablar a la empresa donde trabajo por ultimavez o buscar una empresa que haga el favor y solo darle el porcentaje del 4.83% del pago del igss

No es tan sencillo


cuando los del IGSS sospechan de algo asi, piden revisar planillas de sueldos, planillas pagadas al IGSS, cheques girados al empleado, etc.
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Que suenen los <=click aqui
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Antiguo 07-Nov-2019, 17:03   #31
kike
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Respuesta: Pagar IGSS sin trabajar?

Yo tengo 44 años y estoy jubilado por invalidez, tengo entendido que si el IGSS inicio un tratamiento no lo puede suspender aunque uno este sin trabajo. En mi caso estoy esperando una operacion y me han atendido bien.
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Antiguo 07-Nov-2019, 17:12   #32
moramania
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Respuesta: Pagar IGSS sin trabajar?

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Iniciado por chronos Ver Mensaje
Que pasa si la persona dejo de pagar igs en el 2007 y antes había pagado como 160 cuotas ?
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Iniciado por cardres Ver Mensaje
No es tan sencillo


cuando los del IGSS sospechan de algo asi, piden revisar planillas de sueldos, planillas pagadas al IGSS, cheques girados al empleado, etc.
En total cuanto tendría que pagar la persona si alguien le hecha la mano de esa manera, es decir que encuentre a una empresa que le pueda ayudar, cuanto seria la cuota aproximada?

Enviado desde mi ONEPLUS 5t mediante Tapatalk
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Antiguo 08-Nov-2019, 07:38   #33
lorocochapin
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Re: Respuesta: Pagar IGSS sin trabajar?

En general sí podés ser un contribuyente voluntario pero hay restricciones:

Cita:
Toda persona que deje de ser contribuyente obligatorio del IGSS, que acredite al menos 12 meses de contribución en los últimos 36 meses, es decir tres años, tiene la opción de ser contribuyente voluntario según el Artículo 35 del Acuerdo 1224 de Contribución voluntaria, explicó la licenciada Patricia Hernández, subjefe del Departamento de Invalidez Vejez y Sobrevivencia (IVS).
Acá lo podés consultar: https://www.igssgt.org/noticias/2018...io-en-el-igss/

Lo que hacen muchos es pedir favor de que les hagan una plaza fantasma, les ponen un puesto, un sueldo y ya, pero como dice @cardres no es tan sencillo:

Cita:
Iniciado por cardres Ver Mensaje
No es tan sencillo, cuando los del IGSS sospechan de algo asi, piden revisar planillas de sueldos, planillas pagadas al IGSS, cheques girados al empleado, etc.
En la familia hay un don que hace esto. Hace años se independizó y puso sus propias empresas y no pagaba igss, tuvo un accidente y por eso no lo pudieron ingresar al igss , sus empresas tronaron (toooodas) y nunca consiguió trabajo otra vez entonces un-saber-quién lo tiene en planilla en una empresa donde nunca llega ni trabaja pero es solo para tener igss, saber quién es ese su cuate de la empresa porque en la familia nadie lo conoce y el doncito solo "secretos es", de hecho esto se descubrió por accidente. Yo lo veo delicado...
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Antiguo 08-Nov-2019, 11:55   #34
Cris_jds
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Re: Respuesta: Pagar IGSS sin trabajar?

Les actualizo un poco, no se puede tan facil después de hacer la pregunta yo me quedé sin trabajo y fui a averiguar lo de las cuotas voluntarias, apliqué y todo peeeero no sirven para hacer uso de los servicios, sólamente para jubilación
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firma demasiado larga
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Antiguo 08-Nov-2019, 12:07   #35
Mr.Anderson
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Respuesta: Re: Respuesta: Pagar IGSS sin trabajar?

Cita:
Iniciado por Cris_jds Ver Mensaje
Les actualizo un poco, no se puede tan facil después de hacer la pregunta yo me quedé sin trabajo y fui a averiguar lo de las cuotas voluntarias, apliqué y todo peeeero no sirven para hacer uso de los servicios, sólamente para jubilación
puta y cuánto te tocaría pagar?
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Antiguo 19-Dec-2019, 18:30   #36
chronos
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Respuesta: Pagar IGSS sin trabajar?



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Iniciado por Prensa Libre
IGSS amplía plazo para aportaciones voluntarias al programa IVS

Los afiliados al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) que por algún motivo dejen de trabajar tienen un año para solicitar hacer sus pagos de forma voluntaria y así no perder el beneficio de la pensión por vejez, por invalidez o por enfermedad.
Por Andrea Orozco

A partir de este 17 de diciembre, el plazo para optar a ser contribuyente voluntario en el Programa de Invalidez, Vejez y Sobrevivencia (IVS) del Seguro Social será de un año, y no de tres meses, gracias a una reforma aprobada por la Junta Directiva de esa institución.

Esa reforma permitirá que más afiliados que se queden sin empleo tengan más tiempo para solicitar la continuidad de su aporte, de forma voluntaria, no pierdan el dinero que se les descontó cuando estaban en relación de dependencia y sigan con la posibilidad de recibir una pensión al jubilarse, informó Claudia Sentes, jefa del departamento de IVS.

El programa permite que los trabajadores reciban un aporte económico en caso de un accidente que los deje imposibilitados para seguir trabajando, que los familiares reciban una pensión en caso de muerte del afiliado o que al completar las 240 cuotas mínimas y cumplir los 60 años puedan jubilarse y recibir un aporte mensual.

“Este programa nos cubre durante toda la vida laboral y nos cubre cuando llegamos a los 60 años de edad -por jubilación-“.

Las condiciones para que el asegurado pueda ser parte del programa de contribución voluntaria es que tenga acreditadas, como mínimo, 12 contribuciones efectivas pagadas al IGSS, dentro de los últimos 36 meses calendario, es decir tres años.

De acuerdo con los registros del IGSS, hasta el momento hay dos mil 807 personas que aportan de forma voluntaria al IVS.
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