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Chat General Temas serios, respuestas serias. Temas NO relacionados con carros, mecánica o la modificacion de motores que quieran discutir con seriedad.

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ExclamationEste thread fue creado hace 1952 días. Lo mas probable es que el tema ya se haya resuelto y no necesite más discusión. Aunque si todavía crees que es necesario agregar un comentario, puedes hacerlo.
 
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Antiguo 16-Jul-2019, 18:33   #1
SadanCigarroa
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Exclamation Traspaso SAT - Fecha limite

Estimada comunidad de VelMax!!

Recuerdo que el año pasado hubo un comunicado que decían que el titulo y la tarjeta de circulación iban a quedar obsoletas a partir del 31 de agosto de 2019. Y que a partir de esta fecha para hacer el traspaso únicamente lo podría hacer el dueño que figura en el titulo, esto aún sigue en pie o que fecha limite existe para hacer el traspaso con estos documentos. ¿?

Es que todo esto va a que tengo una moto que haré el traspaso, pero estoy tramitando mi DPI y no creo que me lo den antes de esa fecha. Tengo certificado de propiedad endosado (NO legalizado aún), la tarjeta AZUL. y la copia de DPI.


Saludos y gracias por la ayuda ghiatyweb

Última edición por SadanCigarroa; 25-Jan-2024 a las 05:28
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Antiguo 16-Jul-2019, 19:01   #2
Yusefhi
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Respuesta: Traspaso SAT - Fecha limite

si tenes de los fisicos NO hay problema alguno a menos que te desactiven la moto sajfdslfjlñajlfakf solo habla con el exdueño que aun no has podido hacerlo pero al tener tu dpi lo haras

ahora con la constancia de tramite de DPI podes realizar el traspaso

ahora bien NO vencen los documentos azules que tenes, las electronicas tampoco vencen pero se activan cada vez que pagues tu ISCV
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Asesor Tributario y Auditor

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Antiguo 16-Jul-2019, 20:06   #3
SadanCigarroa
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Respuesta: Traspaso SAT - Fecha limite

Cita:
Iniciado por Yusefhi Ver Mensaje
si tenes de los fisicos NO hay problema alguno a menos que te desactiven la moto sajfdslfjlñajlfakf solo habla con el exdueño que aun no has podido hacerlo pero al tener tu dpi lo haras

ahora con la constancia de tramite de DPI podes realizar el traspaso

ahora bien NO vencen los documentos azules que tenes, las electronicas tampoco vencen pero se activan cada vez que pagues tu ISCV
Muchas gracias por tu respuesta. Es que ese pisado de Amilcar Montejo me confundió el año pasado.

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Antiguo 17-Jul-2019, 07:14   #4
CHECHA
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Respuesta: Traspaso SAT - Fecha limite

Por el vencimiento de esos documentos ( tarjeta emplasticada y título ) dieron un año más!

El asunto es que para el próximo año, a como dice el compañero, la renovación será cuando pagues tu ISCV, por lo que tendras que imprimir dichos documentos desde tu banca virtual, es aquí donde tenés que hacer el traspaso, sino todos los años tendrás que estar buscando al que aparece como propietario para que te lo esté imprimiendo.
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Antiguo 17-Jul-2019, 09:43   #5
SadanCigarroa
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Respuesta: Traspaso SAT - Fecha limite

Cita:
Iniciado por CHECHA Ver Mensaje
Por el vencimiento de esos documentos ( tarjeta emplasticada y título ) dieron un año más!

El asunto es que para el próximo año, a como dice el compañero, la renovación será cuando pagues tu ISCV, por lo que tendras que imprimir dichos documentos desde tu banca virtual, es aquí donde tenés que hacer el traspaso, sino todos los años tendrás que estar buscando al que aparece como propietario para que te lo esté imprimiendo.
Osea que en 2020 si ya dejaran de ser válidos y la tarjeta de circulación ya la pague e imprimí. Gracias por el dato Mr.

Enviado desde mi SM-G9650 mediante Tapatalk
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Antiguo 17-Jul-2019, 09:58   #6
ElPrimo
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Respuesta: Traspaso SAT - Fecha limite

Cita:
Iniciado por CHECHA Ver Mensaje
Por el vencimiento de esos documentos ( tarjeta emplasticada y título ) dieron un año más!

El asunto es que para el próximo año, a como dice el compañero, la renovación será cuando pagues tu ISCV, por lo que tendras que imprimir dichos documentos desde tu banca virtual, es aquí donde tenés que hacer el traspaso, sino todos los años tendrás que estar buscando al que aparece como propietario para que te lo esté imprimiendo.
Yo tambien tenia duda de como estaba este rollo, no es de tanta urgencia en este mes hacer el traspaso entonces
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Este culo si es permitido en firma
ElPrimo está desconectado   Responder Citando
Antiguo 17-Jul-2019, 11:37   #7
chronos
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Respuesta: Traspaso SAT - Fecha limite



Cita:
Tarjeta de circulación electrónica: ¿Qué hacer si mi distintivo tiene fecha de vencimiento? ¿Y si no tiene?

Las tarjetas de circulación electrónicas ahora tienen consignada la fecha de validez y esta se pierde el 31 de julio si no se ha pagado el impuesto sobre circulación de vehículos del 2019 informa la SAT. Si ya pagó ese tributo debe imprimir una nueva que tendrá vigencia hasta el próximo año.

Por Rosa María Bolaños

Las tarjetas de circulación identificadas por el color celeste y que era emplasticadas por la SAT no tienen fecha de vencimiento y seguirán vigentes, también son válidas las tarjetas electrónicas pero estos distintivos ahora sí tienen un plazo de validez hasta el próximo 31 de julio del 2019 informó esa entidad.

Si el usuario posee tarjeta electrónica debe verificar si su documento ya que tiene consignada una fecha de validez.

Por disposición de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) la fecha de las tarjetas electrónicas va amarrada al vencimiento del Impuesto de Circulación de Vehículos (ISCV) por lo que si el documento que poseen tiene fecha de validez los usuarios deben pagar ese tributo correspondiente al año 2019 e imprimir de nuevo la tarjeta explicó Salvador López, intendente de Atención al Contribuyente.

La generación e impresión del nuevo documento debe hacerlo el usuario desde su cuenta de Agencia Virtual, sistema puesto a disposición por la SAT.

Luego de pagar el tributo el nuevo documento tendrá consignada la fecha de validez al 31 de julio del 2020, cuando vence el plazo del impuesto del próximo año sin multas. Ese procedimiento se usará para cada año.

En este caso el usuario del vehículo tiene la opción de portar solo la tarjeta de circulación donde se consigne esa fecha y según SAT no hay necesidad de imprimir o portar el comprobante de pago del ISCV o calcomanía.

Al tener fecha de validez el pago del ISCV ya va reflejado en la Tarjeta de Circulación y eso es lo que puede revisar la Policía Municipal de Tránsito (PMT). Ambos documentos tienen los mismos datos básicos que los agentes y las personas en general pueden revisar también mediante el código QR que poseen.

Estas disposiciones en el documento son para tener más medidas para el cumplimiento del pago de dicho impuesto mencionó el funcionario. Explicó que han tenido coordinación con las PMT para darles a conocer las disposiciones y características consignados en los distintivos electrónicos.

Se debe recordar que el documento válido para poder transitar según la legislación del país es la tarjeta de circulación y que ésta se encuentre vigente.

Qué debe hacer el usuario
  • Los usuarios que tienen la tarjeta de circulación usada tradicionalmente desde hace años (celeste) o la tarjeta electrónica que no tenga consignada fecha límite de validez puede seguir con la misma tarjeta.
  • En estos dos casos el usuario debe portar tanto la tarjeta de circulación como el comprobante de pago del ISCV del 2019 para presentarlo a la autoridad si le es requerido, explicó el funcionario.
  • En el caso de ser tarjeta electrónica con fecha de validez consignada, luego de pagar el ISCV el usuario debe imprimir una nueva, esta también traerá el nuevo plazo de validez. En este caso puede portar solo la tarjeta de circulación y no hay necesidad de imprimir el comprobante de pago del impuesto según explicó el intendente.
  • Para las unidades que se desea adoptar la modalidad de tarjeta electrónica voluntariamente, los propietarios deben acudir a la SAT a entregar la tarjeta celeste para que se le pueda generar su nuevo distintivo electrónico dijo López.
A febrero del 2019, 1 millones 126 mil 913 vehículos ya contaban con tarjeta de circulación electrónica según datos brindados por la entidad en esa oportunidad. El parque vehicular total del país registrado en la SAT es de 3 millones 653 mil 315 unidades a mayo del 2019.

En qué casos se debe cambiar

Mientras no haya una disposición de la SAT de efectuar un cambio generalizado de las tarjetas de circulación celestes estas seguirán siendo válidas a menos que se den cinco condiciones en las que se emitirán, pero ya en forma electrónica.

Estos cinco casos son la emisión de primera placa (cuando cada vehículo se importa al país), rectificación y modificación de datos del vehículo (cambio de color y otras), traspaso de vehículos por cambio el propietario ya sea por compra, donación, herencia.

Además, para la reposición del distintivo por diferentes motivos como pérdida, extravío, robo de los documentos, deterioro.

De igual forma es obligatorio el cambio para activar de nuevo un vehículo. La SAT desactiva vehículos cuando están en mora de tres años en el pago del ISCV.

El intendente López recomendó a los usuarios efectuar el traspaso de los vehículos dentro de los 30 días después de haber cambiado de propietario como lo establece la ley, así se evitar posteriores problemas por desactivación o incluso caer en responsabilidad civil, añadió.

No están enterados de la disposición

Amílcar Montejo, director de Comunicación de la Empresa Metropolitana Reguladora de Transporte del municipio de Guatemala (Emetra) mencionó que la SAT les ha informado que las tarjetas de circulación no pierden validez pero que no tiene conocimiento de la nueva versión indicada por esa entidad respecto de que las tarjetas electrónicas que tienen consignada la fecha dejan de tener validez el 31 de julio próximo si no se ha pagado el impuesto del 2019.

Agregó que no tienen previstos operativos específicos para detectar el pago del ISCV pero que pueden detectar si se pagó al revisar la documentación del vehículo por algún incidente como el hecho que las unidades se ven involucradas en algún accidente, los pilotos se pasan un semáforo en rojo o se detecta que conducen en estado de ebriedad. En esos y otros casos se les solicita su documentación y ahí se podrá ver si han efectuado el pago, agregó.

La multa por no poseer esa documentación al día es de Q500, además se le traslada el caso a un juzgado municipal donde tienen que demostrar que pagaron el impuesto.

La PMT puede verificar la tarjeta de circulación y la licencia de conducir, pero en la tarjeta de circulación electrónica viene el código QR donde se leen los datos y se ve el pago del impuesto que le permite circular.

Si no ha cumplido con ese requisito “para nosotros es como si no tuviera el documento que le permite conducir” señaló.

Los operativos que mantienen constantemente son monitoreos para taxis, camiones y transporte pesado.

(...)
__________________
Toda revolución pretende romper las cadenas de la esclavitud pero una vez rotas, ya están preparadas otras cadenas… Desde los tiempos de las cavernas nada ha cambiado y nada cambiará, porque siempre se impondrá el más artero, el más astuto y a menudo, el más corrupto. Y según la condición del pueblo, llevará el vestido de la dictadura o la democracia. Pero el hombre será siempre esclavo, aunque tenga la ilusión de ser libre… Un día resurgirá el hombre libre pero el pueblo lo será siempre.
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Etiquetas
impuesto, sat, traspaso


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