Corte de Constitucionalidad entierra el transfuguismo y así concluye la polémica legislativa
En una sentencia emitida en mayo último, los magistrados declararon sin lugar una acción de inconstitucionalidad en contra del artículo 205 Ter de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, que trata sobre el transfuguismo.
Por Carlos Manoel Álvarez
La sentencia fue emitida el 1 de mayo del 2019, pero se conoció hasta este viernes 9 de agosto. En el fallo, los magistrados declararon sin lugar la acción de inconstitucionalidad general parcial promovida por Ragde Rivera Aquino contra el artículo 44 del Decreto 26-2016 del Congreso de la República.
Dicho artículo adicionó el 205 Ter a la Ley Electoral y de Partidos Políticos que señala que: “
Se entenderá por trasfuguismo el acto por el cual un diputado renuncia a un partido político, habiendo sido electo o cuando ya está ejerciendo el cargo, mediante sufragio universal, para un período, y estuviere designado en uno de los órganos establecidos, automáticamente cesa en el cargo del órgano del Congreso que integrare, el cual será asumido por un diputado del partido representado; el renunciante no podrá optar a ningún cargo dentro de los órganos del Congreso de la República”.
El artículo en mención también señala que “
queda prohibido a las organizaciones políticas y a los bloques legislativos del Congreso de la República recibir o incorporar a diputados que hayan sido electos por otra organización política”. Fue este párrafo el que causó molestia entre los políticos y el que movió a varios a presentar la inconstitucionalidad.
Uno de los principales argumentos de Rivera Aquino era que el Congreso, en ese entonces dirigido por Mario Taracena, de la Unidad Nacional de la Esperanza, “aprobó la reforma con un texto distinto que no contó con el dictamen favorable del tribunal constitucional, en contravención de lo dispuesto en él”.
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Quince logran reelección
Siguiendo el concepto de tránsfugas que describe la Ley Electoral en la actual legislatura —de 158 diputados— 77 legisladores son tránsfugas, es decir casi la mitad de la legislatura—el 49 por ciento de los diputados—.
De esos 77 legisladores, 38 buscaron su reelección, pero la información oficial del TSE confirma que únicamente 15 lo lograron, eso significa que solamente el 39 por ciento de los tránsfugas que buscaron perpetuarse en el poder lograron una curul para el siguiente periodo.
Esos 15 legisladores representan el 30 por ciento de los 50 diputados que fueron reelectos y únicamente el 9 por ciento del total de congresistas que conforman la novena legislatura del Congreso desde que se regresó a la era democrática.
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