Magnifica respuesta, gracias Luchita!
Cita:
Iniciado por LUCHITA
Para tu consulta, existe la figura en la ley de MERCANCIAS NO OBJETO DE VENTA y la autoridad aduanera tendrá la potestad de valorarlas. Lamentablemente la ineficiencia y desconocimiento de la entidad recaudadora les hace no tener un correcto criterio y colocan literalmente lo que se les antoja, lo cual no es legal ya que también la LEY indica cuál es el proceso correcto para no sangrar al comprador importador.
Por lo anterior es que se le insiste al importador la factura o deplano atenerse al criterio de la aduana.
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