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Ver la Versión Completa : Embargo de Sueldo


Dark168
12-Aug-2019, 12:41
Tengo una duda quizá alguien pueda ayudarme a comprender. :hi5:

Tengo entendido que el codigo de trabajo indica en el articulo 96 inciso e, que es inembargable el 65% de salario:

Medidas de protección del salario
Arơ culo 96. Se declaran inembargables:

e) El sesenta y cinco por ciento de los salarios mensuales de
trescientos quetzales o más.

La hoja del juzgado indica lo siguiente:

"Que puede ser hasta el 35% y puede ser menos, quedando a discrecion del cajero-pagador"

Mi duda es:

¿Quien es el cajero-pagador? :pensa:
¿El % que deben descontar debe ser obligatoriamente el 35%? :pensa:

¿Alguien con algún conocimiento o experiencia que pueda asesorar? :adicto2:

Pdt. Le escribi y llame a Mike pero seguramente anda ocupado o no lo se.

Legem Sec
12-Aug-2019, 12:57
El cajero pagador es un nombre genérico que tienen todos los oficios de embargo de salario, porque el Juzgado no sabe con exactitud quien paga y como paga en el lugar de trabajo, entonces genéricamente le ponen cajero pagador.

El cajero pagador es la persona o el departamento que realiza el pago, eso ya se averigua internamente en el lugar de trabajo.

El 35% es el porcentaje máximo que se puede embargar en asuntos relacionados con deudas comunes. Sin embargo, los Juzgados siempre autorizan un embargo precautorio del 35% del salario, salvo que la deuda sea menor al 35% del salario. Por ejemplo, si tu salario es de 10,000 y la deuda es de 2000, obviamente no te van a embargar el 35%.


Cuando son asuntos de pensiones alimenticias puede ser hasta el 50%.

Una vez embargado el salario, la única forma de levantarlo es pagando la deuda o llegando a un acuerdo con el acreedor.

Dark168
12-Aug-2019, 13:10
El cajero pagador es un nombre genérico que tienen todos los oficios de embargo de salario, porque el Juzgado no sabe con exactitud quien paga y como paga en el lugar de trabajo, entonces genéricamente le ponen cajero pagador.

El cajero pagador es la persona o el departamento que realiza el pago, eso ya se averigua internamente en el lugar de trabajo.

El 35% es el porcentaje máximo que se puede embargar en asuntos relacionados con deudas comunes. Sin embargo, los Juzgados siempre autorizan un embargo precautorio del 35% del salario, salvo que la deuda sea menor al 35% del salario. Por ejemplo, si tu salario es de 10,000 y la deuda es de 2000, obviamente no te van a embargar el 35%.


Cuando son asuntos de pensiones alimenticias puede ser hasta el 50%.

Una vez embargado el salario, la única forma de levantarlo es pagando la deuda o llegando a un acuerdo con el acreedor.

Gracias :adopaja: te deje un mensaje. :bailar:

chronos
12-Aug-2019, 13:29
(...)

Cuando son asuntos de pensiones alimenticias puede ser hasta el 50%.

(...)

... los embargos por alimentos tienen prioridad sobre cualquier otro, asi que si ya tenes alguno vigente, no te podrian descontar el 35% ...

Legem Sec
12-Aug-2019, 14:29
A lo que se refiere con que puede ser menor a un 35%, es que podría haber otro embargo. Por ejemplo de alimentos, en cuyo caso solo puede embargar 10% más, o podría haber un embargo de otra deuda, en cuyo caso también solo podría embargar un 10% más.

Podrías pedir la sustitución de ese embargo si lo consideras muy gravoso, proponiendo otras garantías, o si consideras que es muy elevado para el monto de la deuda, podrías solicitar la reducción también.

Dark168
12-Aug-2019, 14:37
A lo que se refiere con que puede ser menor a un 35%, es que podría haber otro embargo. Por ejemplo de alimentos, en cuyo caso solo puede embargar 10% más, o podría haber un embargo de otra deuda, en cuyo caso también solo podría embargar un 10% más.

Podrías pedir la sustitución de ese embargo si lo consideras muy gravoso, proponiendo otras garantías, o si consideras que es muy elevado para el monto de la deuda, podrías solicitar la reducción también.

Todo ese tramite de reduccion o cualquier modificación, se debe hacer ante el juez y juzgado que emitio la resolucion?

Legem Sec
12-Aug-2019, 14:38
Todo ese tramite de reduccion o cualquier modificación, se debe hacer ante el juez y juzgado que emitio la resolucion?

Si todo es ante Juez y ante el Juzgado que emitió la resolución, mediante escrito presentado por abogado. Tenes que apersonarte al proceso ejecutivo.

mariosolorz
12-Aug-2019, 14:49
... los embargos por alimentos tienen prioridad sobre cualquier otro, asi que si ya tenes alguno vigente, no te podrian descontar el 35% ...

Por alimentos hasta el 50%, y si tenes otra deuda diferente te embargan 10% más, o sea un 60% máximo de embargo de salario,

BAPG
12-Aug-2019, 18:23
Por alimentos hasta el 50%, y si tenes otra deuda diferente te embargan 10% más, o sea un 60% máximo de embargo de salario,

Correcto

BreNic
12-Aug-2019, 19:57
tomando en cuenta que no te embarguen cuentas jajaja, te cuento, un cuate le embargaron el salario por alimentos con descuento directo de planilla y por una deuda que tenía le pusieron embargos de cuentas, entre ellas donde le pagaban, osea se quedo sin nada, y el tema es que mientras la cuenta está embargada no podes mover el dinero para nada asi que le tocó conseguir prestado para pagar la deuda conseguir el levantamiento del embargo y después liberar ese dinero, por supuesto le tomo como 3 o 4 meses de estar bien pizado

Legem Sec
12-Aug-2019, 20:12
tomando en cuenta que no te embarguen cuentas jajaja, te cuento, un cuate le embargaron el salario por alimentos con descuento directo de planilla y por una deuda que tenía le pusieron embargos de cuentas, entre ellas donde le pagaban, osea se quedo sin nada, y el tema es que mientras la cuenta está embargada no podes mover el dinero para nada asi que le tocó conseguir prestado para pagar la deuda conseguir el levantamiento del embargo y después liberar ese dinero, por supuesto le tomo como 3 o 4 meses de estar bien pizado

En caso le embarguen cuentas y salario a la vez por la misma deuda, se puede levantar una de ambas medidas por ser excesiva. Pero si es por diferentes deudas entonces si le tocará solventar su situación, sin embargo, un 40% de su salario siempre lo tiene que tener libre, así tenga mil embargos diferentes.

mariosolorz
13-Aug-2019, 12:10
tomando en cuenta que no te embarguen cuentas jajaja, te cuento, un cuate le embargaron el salario por alimentos con descuento directo de planilla y por una deuda que tenía le pusieron embargos de cuentas, entre ellas donde le pagaban, osea se quedo sin nada, y el tema es que mientras la cuenta está embargada no podes mover el dinero para nada asi que le tocó conseguir prestado para pagar la deuda conseguir el levantamiento del embargo y después liberar ese dinero, por supuesto le tomo como 3 o 4 meses de estar bien pizado

Tenía que solicitar al juez la revisión de las medidas precautorias, no te pueden embargar dos veces por la misma deuda, :wtf: al menos que no supere el 60% máximo que se puede embargar, si tenes varios procesos, entran como en la cola a esperar que pagues una deuda y sigue el turno de las demás,