Ver la Versión Completa : hijos de P... EMIXTRA
israelvr23
30-Dec-2008, 13:33
Ahora revisando si no me habia salido remisiones de la nada...me vengo a dar cuenta que los de EMIXTRA me pusieron una remision porque no se miraba la placa y calcomania de circulacion y esa vez que me pararon quite el porta placas enfrente del hijo de puta....del policia y le regale el portaplaca y todavia asi me dejo la multa de Q500.00 inmaginence son unos cerotes....y para terminar de ajustar una por exceso de velocidad 85km/hr ..:hola2:cuidado en bulevar sur de mixco Z.8 no hayan ni porque sacarle a uno el pisto manejen maximo a 50 km/hr ya que esos radares indican siempre exceso de velocidad...
danielmoc
30-Dec-2008, 14:19
:oscar: :oscar: asdfñkjñ asdf por cargar portaplaca.
Elektrospeed
30-Dec-2008, 15:05
Si cargas portaplacas simplemente no parés, igual no la pueden ver :baboso:
j_perusina
30-Dec-2008, 15:14
Si cargas portaplacas simplemente no parés, igual no la pueden ver :baboso:
SI despues averiguan el numero te quitan la licencia y una multa de como 1000:que3:
Byron Aquino
30-Dec-2008, 15:24
a la gran perica y eran osuros por portaplacas puej?
Elektrospeed
30-Dec-2008, 17:20
SI despues averiguan el numero te quitan la licencia y una multa de como 1000:que3:
Y eso está en el reglamento donde? no pueden quitartela por eso :nono2: ni multarte :nono2: de hecho las multas por cargar portaplacas son ilegales porque no están establecidas en el reglamento, acá te lo dejo para que le des una leída :si:
Q cagada vs esos cerotes solo metiendo la verga andan
Y eso está en el reglamento donde? no pueden quitartela por eso :nono2: ni multarte :nono2: de hecho las multas por cargar portaplacas son ilegales porque no están establecidas en el reglamento, acá te lo dejo para que le des una leída :si:
:( pero será que solo es por los portaplacas que no se ven porque son obscuros, o también a los que distorcionan pero son claros?
Oswaldo Fernandez
30-Dec-2008, 18:42
:bah: no es ni mierda yo tengo q pagar casi Q2000 a emetra x faltarle respeto al autoridad :vergazos: x conducir con licencia vencida:baboso: y x q tenia una luz quemada :nismo2: y ya tengo casi dos años de no poder pagar esa mierda :cagada: son unos hijos de puta los de emetra
que huevos eso siempre andan chingando
yo tengo que revisar... voy a ver en la de mixco tambien :S
untitled
31-Dec-2008, 17:51
:baboso:
untitled
31-Dec-2008, 17:59
Y eso está en el reglamento donde? no pueden quitartela por eso :nono2: ni multarte :nono2: de hecho las multas por cargar portaplacas son ilegales porque no están establecidas en el reglamento, acá te lo dejo para que le des una leída :si:
Artículo 50. Disposición de la Carga. La carga transportada en un vehículo, así como los accesorios que se utilicen para su acondicionamiento o protección, deben estar dispuestos. y si fuera necesario, sujetos, de tal
forma que no puedan:
a) Sobrepasar el peso bruto autorizado
b) Arrastrar. dejar caer parcial o totalmente la carga, o desplazarse de manera peligrosa
d) Comprometer la estabilidad del vehículo o la visibilidad del conductor
e) Producir ruido, polvo u otras molestias que puedan ser evitadas.
f) Ocultar, aunque sea parcialmente, los dispositivos de alumbrado o de señalización luminosa, las placas o distintivos reglamentarios o los retrovisores laterales.
:slap:
israelvr23
31-Dec-2008, 18:00
como consejo revisen la de emetra capital y mixco ahi aparecen un monton con decirles que hasta un top de los mas sancionados (INFRACTORES TOP ) anden con cuidado!!!
yo tengo que revisar... voy a ver en la de mixco tambien :S
israelvr23
31-Dec-2008, 18:01
Buena onda gracias por la info!!! ya ahora ya se la quite
:pics2:Artículo 50. Disposición de la Carga. La carga transportada en un vehículo, así como los accesorios que se utilicen para su acondicionamiento o protección, deben estar dispuestos. y si fuera necesario, sujetos, de tal
forma que no puedan:
a) Sobrepasar el peso bruto autorizado
b) Arrastrar. dejar caer parcial o totalmente la carga, o desplazarse de manera peligrosa
d) Comprometer la estabilidad del vehículo o la visibilidad del conductor
e) Producir ruido, polvo u otras molestias que puedan ser evitadas.
f) Ocultar, aunque sea parcialmente, los dispositivos de alumbrado o de señalización luminosa, las placas o distintivos reglamentarios o los retrovisores laterales.
:slap:
sreaverx
31-Dec-2008, 18:10
en ese caso mejor compren radares detecta radares! para avisarles cuando haya serca uno de esos velocimetros mierdas! asi les da tiempo de reducir su velocidad y evitarse multas!!!
pd. proximamente a la venta!:califa:
es una mierda con esos hijos de cien mil putas!!
que hijos de puta esos de emixtra son los peores
que tremendo mula el que tiene porta placa y para......... :pensa:
:baboso: si tenes portaplacas no hay que parar
Elektrospeed
01-Jan-2009, 14:51
Artículo 50. Disposición de la Carga. La carga transportada en un vehículo, así como los accesorios que se utilicen para su acondicionamiento o protección, deben estar dispuestos. y si fuera necesario, sujetos, de tal
forma que no puedan:
a) Sobrepasar el peso bruto autorizado
b) Arrastrar. dejar caer parcial o totalmente la carga, o desplazarse de manera peligrosa
d) Comprometer la estabilidad del vehículo o la visibilidad del conductor
e) Producir ruido, polvo u otras molestias que puedan ser evitadas.
f) Ocultar, aunque sea parcialmente, los dispositivos de alumbrado o de señalización luminosa, las placas o distintivos reglamentarios o los retrovisores laterales.
:slap:
:slap: a vos!! lasfkjasfklfa donde está estipulada la multa? está prohibido pero no tiene penalización! lo mas que pueden hacer es decirte que se la quites! vivan las leyes de Guate!
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